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Legendary White 11,23% CBD - Glass House
11,23% CBD · <0,2% THC · Glass House
Legendary White CBD: dulce, cremosa y discreta
Legendary White es una flor de cáñamo industrial cultivada en Glass House, con un 11,23% de CBD y menos de un 0,2% de THC. Destaca por un aroma suave y redondo y por unos cogollos compactos, cubiertos de resina visible.
Ficha técnica
- CBD: 11,23%
- THC: <0,2%
- Cultivo: Glass House, en invernadero de cristal
- Formatos: 3, 5, 10, 20, 50 y 100 g
- Análisis de laboratorio por lote (ver imagen del certificado)
Aroma
Suave y delicado, con notas dulces y cremosas sobre un fondo ligeramente terroso. Un perfil discreto, para quien prefiere aromas poco intensos.
Apariencia
Cogollos compactos y bien formados, cubiertos de resina visible, con un aspecto limpio y homogéneo de un cogollo a otro.
Cultivo Glass House
Se cultiva en invernadero de cristal, con luz natural filtrada y control de temperatura y humedad. Este método combina la riqueza aromática que aporta el sol con una floración más homogénea que la del cultivo exterior.
Conservación
Guárdala en un frasco hermético, en un lugar fresco, seco y oscuro, para conservar su aroma.
¿Te gustan los aromas dulces y suaves? Prueba Ultra Pink, dulce y floral con un 14,88% de CBD, o Mango OG, tropical y también Glass House. Legendary White forma parte del Pack de Cogollos, con un 10% de ahorro. Descubre todas las flores Glass House.
Producto de cáñamo industrial no apto para consumo humano. Venta solo a mayores de 18 años.
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Envío y Entrega
- Envío gratis a partir de 50€
- Gastos de envío 5€ en pedidos menores a 50€
- GRATIS en pedidos superiores a 50 €
- Puede pagar con con tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria y contra reembolso (2€ extra).
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- Podrás comunicarte con nosotros e-mail o directamente en tu teléfono vía WhatsApp.
- Servicio al cliente de 8:00 a 16:00, en correo: info@cogollocbd.es, telf:+34 657805571
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Si haces tu pedido de lunes a viernes antes de las 15:00, lo recibirás en 24/48 horas laborables.
Los servicios de mensajería trabajan de lunes a viernes, por lo que no se realizan entregas en sábados, domingos ni festivos.
Ten en cuenta que nuestras flores son de cáñamo industrial con un máximo de un 0,2 % de THC (el límite legal). El nombre de cada variedad hace referencia a la genética original por su perfil aromático y sus características, no porque se trate de la misma planta.
Legislación
Para cumplir con la legislación indicamos que este producto no está indicado para el consumo humano.
Los productos susceptibles de ello se comercializan con los análisis realizados por laboratorios en cada lote de producción de acuerdo con la normativa europea.
Todos los productos comercializados por nosotros cumplen con las leyes europeas sobre el cultivo de cáñamo:
- Los artículos 368, 371, 372 del Código Penal
- Reglamento (UE) 2015/2283 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2015
- La Ley 17/1967, de 8 de abril de 1967, de actualización de la normativa vigente en materia de drogas y su adecuación a la Convención de las Naciones Unidas de 1961.
- Real Decreto 729/1999, de 12 de noviembre de 1999, por el que se actualiza la normativa vigente en materia de drogas y se adapta a la Convención de las Naciones Unidas de 1961.
- La DIRECTIVA – 13/06/2002, n° 53, Directiva del Consejo referente al catálogo común de las variedades de las especies de plantas agrícolas.
- Artículo 168 (Salud Pública), Título XIV, TFUE
- REGLAMENTO (UE) nº 639 de la COMISIÓN de 11 de marzo de 2014 por el que se completa el Reglamento (UE) nº 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen disposiciones aplicables a los pagos directos a los agricultores en el marco de los regímenes de ayuda en el marco de la política agrícola común y se modifica el anexo X de dicho Reglamento.
- REGLAMENTO (UE) DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 17 de diciembre de 2013 por el que se establecen disposiciones aplicables a los pagos directos a los agricultores en el marco de los regímenes de ayuda en el marco de la política agrícola común y se derogan el Reglamento (CE) nº 637/2008 del Consejo y el Reglamento (CE) nº 73/2009 del Consejo.
- REGLAMENTO (UE) DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 17 de diciembre de 2013 nº 1308 por el que se crea una organización común de mercados en el sector de los productos agrícolas y se derogan los Reglamentos (CEE) nº 922/72, (CEE) nº 234/79, (CE) nº 1037/2001 y (CE) nº 1234/2007 del Consejo.
- Convención de Viena de las Naciones Unidas del 1988 sobre la Compraventa Internacional de Mercaderías.