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Double Cinnamon 15,2% CBD - Glass House
15,2% CBD · <0,2% THC · Glass House
Double Cinnamon: cogollos grandes y especiados con 15,2% de CBD
La Double Cinnamon es una de las flores de CBD más potentes de nuestra gama Glass House. Con un 15,2% de CBD y menos de un 0,2% de THC, combina cogollos de gran tamaño con un aroma cálido y especiado que la distingue del resto del catálogo.
Ficha técnica
- CBD: 15,2%
- THC: <0,2%
- Cultivo: Glass House, en invernadero de cristal
- Formatos: 3, 5, 10, 20, 50 y 100 g
- Análisis de laboratorio por lote
Aroma y perfil
Como anticipa su nombre, recuerda a la canela y a las especias dulces, con un fondo terroso y amaderado. Es un perfil poco habitual entre las flores de CBD, pensado para quien ya conoce los cítricos y los afrutados y busca algo distinto.
Apariencia
Cogollos alargados y bien formados (los más grandes rondan los 9-10 cm) de color verde oliva con reflejos dorados, pistilos anaranjados abundantes y una capa de resina bien visible. Buena densidad y manicura cuidada, sin exceso de hoja.
Cultivo Glass House
Se cultiva en invernadero de cristal: luz natural filtrada, con control de temperatura y humedad. Este método queda a medio camino entre el exterior y el interior. Conserva la riqueza aromática que da el sol y consigue una floración más homogénea. Procede de cáñamo industrial certificado en la Unión Europea.
Conservación
Guárdala en un frasco hermético, en un lugar fresco, seco y oscuro, para conservar su aroma.
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Producto de cáñamo industrial no apto para consumo humano. Venta solo a mayores de 18 años.
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Envío y Entrega
- Envío gratis a partir de 50€
- Gastos de envío 5€ en pedidos menores a 50€
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- Podrás comunicarte con nosotros e-mail o directamente en tu teléfono vía WhatsApp.
- Servicio al cliente de 8:00 a 16:00, en correo: info@cogollocbd.es, telf:+34 657805571
Envío del pedido y entrega en 24/48 horas.
Si haces tu pedido de lunes a viernes antes de las 15:00, lo recibirás en 24/48 horas laborables.
Los servicios de mensajería trabajan de lunes a viernes, por lo que no se realizan entregas en sábados, domingos ni festivos.
Ten en cuenta que nuestras flores son de cáñamo industrial con un máximo de un 0,2 % de THC (el límite legal). El nombre de cada variedad hace referencia a la genética original por su perfil aromático y sus características, no porque se trate de la misma planta.
Legislación
Para cumplir con la legislación indicamos que este producto no está indicado para el consumo humano.
Los productos susceptibles de ello se comercializan con los análisis realizados por laboratorios en cada lote de producción de acuerdo con la normativa europea.
Todos los productos comercializados por nosotros cumplen con las leyes europeas sobre el cultivo de cáñamo:
- Los artículos 368, 371, 372 del Código Penal
- Reglamento (UE) 2015/2283 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2015
- La Ley 17/1967, de 8 de abril de 1967, de actualización de la normativa vigente en materia de drogas y su adecuación a la Convención de las Naciones Unidas de 1961.
- Real Decreto 729/1999, de 12 de noviembre de 1999, por el que se actualiza la normativa vigente en materia de drogas y se adapta a la Convención de las Naciones Unidas de 1961.
- La DIRECTIVA – 13/06/2002, n° 53, Directiva del Consejo referente al catálogo común de las variedades de las especies de plantas agrícolas.
- Artículo 168 (Salud Pública), Título XIV, TFUE
- REGLAMENTO (UE) nº 639 de la COMISIÓN de 11 de marzo de 2014 por el que se completa el Reglamento (UE) nº 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen disposiciones aplicables a los pagos directos a los agricultores en el marco de los regímenes de ayuda en el marco de la política agrícola común y se modifica el anexo X de dicho Reglamento.
- REGLAMENTO (UE) DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 17 de diciembre de 2013 por el que se establecen disposiciones aplicables a los pagos directos a los agricultores en el marco de los regímenes de ayuda en el marco de la política agrícola común y se derogan el Reglamento (CE) nº 637/2008 del Consejo y el Reglamento (CE) nº 73/2009 del Consejo.
- REGLAMENTO (UE) DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 17 de diciembre de 2013 nº 1308 por el que se crea una organización común de mercados en el sector de los productos agrícolas y se derogan los Reglamentos (CEE) nº 922/72, (CEE) nº 234/79, (CE) nº 1037/2001 y (CE) nº 1234/2007 del Consejo.
- Convención de Viena de las Naciones Unidas del 1988 sobre la Compraventa Internacional de Mercaderías.