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TRIM CANNATONIC 5,52% CBD - Invernadero

€9,99 Impuestos incluidos

5,52% CBD · <0,2% THC · Invernadero

Trim Cannatonic CBD: la flor de CBD más económica de la tienda, desde 0,40 €/g

El Trim Cannatonic es trim de cáñamo industrial cultivado en invernadero, con un 5,52% de CBD y menos de un 0,2% de THC. Es lo que se separa de los cogollos de Cannatonic durante el manicurado: pequeños fragmentos de flor y hojas resinosas. Su aroma es variado, de lo fresco y afrutado a lo terroso y especiado. En formato de 100 g es la forma más económica de comprar cáñamo con CBD en nuestra tienda.

Ficha técnica

  • CBD: 5,52%
  • THC: <0,2%
  • Cultivo: invernadero (Green House)
  • Composición: trim del manicurado de cogollos de Cannatonic
  • Formatos: 10 g, 20 g, 50 g y 100 g
  • Análisis de laboratorio por lote (ver imagen del certificado)

Aroma

Es variado y con capas. Va desde notas frescas y afrutadas hasta matices terrosos y especiados en el fondo. Al ser una mezcla de distintas partes de la flor, ofrece un perfil más amplio que el de un cogollo entero.

Apariencia

Es una mezcla de pequeños fragmentos de flor, hojas cercanas al cogollo con resina visible y algún cogollo pequeño. Su color es verde, con tonos más claros y más oscuros según la parte de la planta.

Qué es el trim de CBD

Trim es el nombre en inglés de los recortes que salen del manicurado. Al pulir los cogollos a mano, se retiran las hojas y los fragmentos que sobresalen. Ese trim conserva parte de la resina y el aroma de la flor y se vende a un precio mucho menor. Es la opción para quien busca cáñamo con CBD en formato grande sin pagar precio de cogollo.

Conservación

Guárdalo en un frasco hermético, en un lugar fresco, seco y oscuro, para conservar su aroma.

¿Quieres más proporción de cogollo? Prueba los Recortes HQ, con un 80% de cogollo y un 7,1% de CBD. Si prefieres cogollo entero a buen precio, descubre nuestras mini flores de CBD.

Producto de cáñamo industrial no apto para consumo humano. Venta solo a mayores de 18 años.

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Si haces tu pedido de lunes a viernes antes de las 15:00, lo recibirás en 24/48 horas laborables.

Los servicios de mensajería trabajan de lunes a viernes, por lo que no se realizan entregas en sábados, domingos ni festivos.

Ten en cuenta que nuestras flores son de cáñamo industrial con un máximo de un 0,2 % de THC (el límite legal). El nombre de cada variedad hace referencia a la genética original por su perfil aromático y sus características, no porque se trate de la misma planta.

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Legislación

Para cumplir con la legislación indicamos que este producto no está indicado para el consumo humano.

Los productos susceptibles de ello se comercializan con los análisis  realizados por laboratorios en cada lote de producción de acuerdo con la normativa europea.

Todos los productos comercializados por nosotros cumplen con las leyes europeas sobre el cultivo de cáñamo:

  • Los artículos 368, 371, 372 del Código Penal
  • Reglamento (UE) 2015/2283 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2015
  • La Ley 17/1967, de 8 de abril de 1967, de actualización de la  normativa vigente en materia de drogas y su adecuación a la Convención  de las Naciones Unidas de 1961.
  • Real Decreto 729/1999, de 12 de noviembre de 1999, por el que se  actualiza la normativa vigente en materia de drogas y se adapta a la  Convención de las Naciones Unidas de 1961.
  • La DIRECTIVA – 13/06/2002, n° 53, Directiva del Consejo referente al catálogo común de las variedades de las especies de plantas agrícolas.
  • Artículo 168 (Salud Pública), Título XIV, TFUE
  • REGLAMENTO (UE) nº 639 de la COMISIÓN de 11 de marzo de 2014 por el que se completa el Reglamento (UE) nº 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen disposiciones aplicables a los  pagos directos a los agricultores en el marco de los regímenes de ayuda  en el marco de la política agrícola común y se modifica el anexo X de dicho Reglamento.
  • REGLAMENTO (UE) DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 17 de diciembre de 2013 por el que se establecen disposiciones aplicables a  los pagos directos a los agricultores en el marco de los regímenes de  ayuda en el marco de la política agrícola común y se derogan el Reglamento (CE) nº 637/2008 del Consejo y el Reglamento (CE) nº 73/2009 del Consejo.
  • REGLAMENTO (UE) DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 17 de diciembre de 2013 nº 1308 por el que se crea una organización común de  mercados en el sector de los productos agrícolas y se derogan los  Reglamentos (CEE) nº 922/72, (CEE) nº 234/79, (CE) nº 1037/2001 y (CE) nº 1234/2007 del Consejo.
  • Convención de Viena de las Naciones Unidas del 1988 sobre la Compraventa Internacional de Mercaderías.