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Polen 19% CBD
19% CBD · <0,2% THC · Polen
Polen CBD 19%: tamizado en seco, textura esponjosa y aroma terroso y floral
El Polen CBD es un hachís de cáñamo industrial con un 19% de CBD y menos de un 0,2% de THC. Se obtiene a partir de flores seleccionadas, procesadas en seco para conservar sus aromas naturales. Tiene una textura esponjosa y fácil de manejar, un aspecto homogéneo y un aroma suave y equilibrado, con notas terrosas y ligeramente florales.
Ficha técnica
- CBD: 19%
- THC: <0,2%
- Tipo: polen (procesado en seco)
- Formatos: 3 g, 5 g, 10 g, 20 g, 50 g y 100 g
- Análisis de laboratorio por lote (ver imagen del certificado)
Aroma
Es suave y equilibrado, con una base terrosa y un toque ligeramente floral. Es un perfil natural y discreto, sin notas dulces ni cítricas marcadas, para quien prefiere un aroma clásico y poco invasivo.
Textura y apariencia
Es esponjoso, suelto y fácil de manejar, y se desmenuza sin esfuerzo. Su aspecto es homogéneo, con un color uniforme en todo el lote.
Qué es el polen de CBD
Se llama "polen" al hachís obtenido por tamizado en seco de la flor, sin prensado fuerte ni laminado. Por eso conserva una textura suelta y esponjosa, a diferencia de los hash compactos o laminados a mano. Al no usar calor ni líquidos, mantiene los aromas naturales de la flor de la que procede.
Conservación
Guárdalo en un recipiente hermético, en un lugar fresco, seco y oscuro, para conservar su textura y su aroma.
¿Buscas otra textura? Prueba el Afghan Hash, con el mismo 19% de CBD pero laminado a mano y con un 8% de CBG, o el Golden Jaune, esponjoso y de color amarillo. Descubre todos nuestros hash de CBD.
Producto de cáñamo industrial no apto para consumo humano. Venta solo a mayores de 18 años.
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Envío y Entrega
- Envío gratis a partir de 50€
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- Podrás comunicarte con nosotros e-mail o directamente en tu teléfono vía WhatsApp.
- Servicio al cliente de 8:00 a 16:00, en correo: info@cogollocbd.es, telf:+34 657805571
Envío del pedido y entrega en 24/48 horas.
Si haces tu pedido de lunes a viernes antes de las 15:00, lo recibirás en 24/48 horas laborables.
Los servicios de mensajería trabajan de lunes a viernes, por lo que no se realizan entregas en sábados, domingos ni festivos.
Ten en cuenta que nuestras flores son de cáñamo industrial con un máximo de un 0,2 % de THC (el límite legal). El nombre de cada variedad hace referencia a la genética original por su perfil aromático y sus características, no porque se trate de la misma planta.
Legislación
Para cumplir con la legislación indicamos que este producto no está indicado para el consumo humano.
Los productos susceptibles de ello se comercializan con los análisis realizados por laboratorios en cada lote de producción de acuerdo con la normativa europea.
Todos los productos comercializados por nosotros cumplen con las leyes europeas sobre el cultivo de cáñamo:
- Los artículos 368, 371, 372 del Código Penal
- Reglamento (UE) 2015/2283 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2015
- La Ley 17/1967, de 8 de abril de 1967, de actualización de la normativa vigente en materia de drogas y su adecuación a la Convención de las Naciones Unidas de 1961.
- Real Decreto 729/1999, de 12 de noviembre de 1999, por el que se actualiza la normativa vigente en materia de drogas y se adapta a la Convención de las Naciones Unidas de 1961.
- La DIRECTIVA – 13/06/2002, n° 53, Directiva del Consejo referente al catálogo común de las variedades de las especies de plantas agrícolas.
- Artículo 168 (Salud Pública), Título XIV, TFUE
- REGLAMENTO (UE) nº 639 de la COMISIÓN de 11 de marzo de 2014 por el que se completa el Reglamento (UE) nº 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen disposiciones aplicables a los pagos directos a los agricultores en el marco de los regímenes de ayuda en el marco de la política agrícola común y se modifica el anexo X de dicho Reglamento.
- REGLAMENTO (UE) DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 17 de diciembre de 2013 por el que se establecen disposiciones aplicables a los pagos directos a los agricultores en el marco de los regímenes de ayuda en el marco de la política agrícola común y se derogan el Reglamento (CE) nº 637/2008 del Consejo y el Reglamento (CE) nº 73/2009 del Consejo.
- REGLAMENTO (UE) DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 17 de diciembre de 2013 nº 1308 por el que se crea una organización común de mercados en el sector de los productos agrícolas y se derogan los Reglamentos (CEE) nº 922/72, (CEE) nº 234/79, (CE) nº 1037/2001 y (CE) nº 1234/2007 del Consejo.
- Convención de Viena de las Naciones Unidas del 1988 sobre la Compraventa Internacional de Mercaderías.