Mango - cogollo CBD
Mango. Papaya. Piña. El aroma de este cogollo es una auténtica explosión tropical.
El mango CBD se cultiva en invernaderos con productos 100 % orgánicos para garantizar su calidad.
Su nombre se debe a los aromas cítricos que desprende con solo tocarlo, pero también a sus colores. Los tricomas amarillos y rojos que lo recubren recuerdan a la piel del mango.
Esta variedad debe su popularidad a su dulce aroma, y a su extraordinaria resistencia a todas las condiciones climáticas; por este motivo, los cultivadores suelen plantarla en zonas montañosas.
Si buscas una experiencia exótica, este es tu cogollo.
Características del cogollo Mango CBD
El aroma de este cogollo es muy especial.
Nada más desmenuzarlo ya empiezan a brotar las notas a frutas tropicales. Pero es que cuando lo enciendes, el humo tiene un ligero aroma picante y a especias que revela su origen de sativa.
Pero a diferencia de otros cogollos de sativa, este no desprende el típico olor a tierra propio de esta variedad de marihuana. Es puro dulzor.
Eso hace que la cepa Mango sea una de las favoritas de las personas que se inician en el mundo del cannabis CBD y quieren empezar con aromas más suaves (y también de los usuarios experimentados que prefieren las notas dulces de este cogollo).
Es un aroma ligero que te acaricia la nariz, pero no te la satura.
¿De dónde proviene la cepa Mango CBD?
Mango es un cogollo de altura.
Se trata de una cepa muy resistente a las bajas temperaturas que se cultiva en terrenos montañosos. Proviene del Alto Piamonte, en Italia.
Su origen no está claro, pero la teoría más extendida es que se trata de un cruce entre dos variedades de sativa Haze: la Skunk #1 y la Northern Lights #5.
Lo que obtienes al comprar tu cogollo CBD Mango
Puedes realizar tu pedido online en CogolloCBD.es ahora mismo, y recibirás tus cogollos Mango en un envase alimentario en las siguientes 24/48 horas laborables.
Todos nuestros productos se envían en un paquete discreto. ¡Nadie sabrá lo que hay dentro!
Además, junto al producto recibirás un certificado de laboratorios europeos, que garantiza que contiene una cantidad de THC inferior al límite legal.
Puedes pagar con tarjeta de crédito o débito, Bizum, transferencia bancaria o contrarreembolso.
Este producto está indicado para uso técnico o de colección.
Ten en cuenta que las variedades de marihuana CBD con un máximo de 0,2% de THC (que es el límite legal) no constituyen las genéticas reales. Se trata de plantas que, por sus características y aromas, son aceptadas como equivalentes a la cepa original cargada de THC.
CBD Total: 10 % aproximadamente.
THC < 0,2 %.
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- Los artículos 368, 371, 372 del Código Penal
- Reglamento (UE) 2015/2283 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2015
- La Ley 17/1967, de 8 de abril de 1967, de actualización de la normativa vigente en materia de drogas y su adecuación a la Convención de las Naciones Unidas de 1961.
- Real Decreto 729/1999, de 12 de noviembre de 1999, por el que se actualiza la normativa vigente en materia de drogas y se adapta a la Convención de las Naciones Unidas de 1961.
- La DIRECTIVA – 13/06/2002, n° 53, Directiva del Consejo referente al catálogo común de las variedades de las especies de plantas agrícolas.
- Artículo 168 (Salud Pública), Título XIV, TFUE
- REGLAMENTO (UE) nº 639 de la COMISIÓN de 11 de marzo de 2014 por el que se completa el Reglamento (UE) nº 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen disposiciones aplicables a los pagos directos a los agricultores en el marco de los regímenes de ayuda en el marco de la política agrícola común y se modifica el anexo X de dicho Reglamento.
- REGLAMENTO (UE) DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 17 de diciembre de 2013 por el que se establecen disposiciones aplicables a los pagos directos a los agricultores en el marco de los regímenes de ayuda en el marco de la política agrícola común y se derogan el Reglamento (CE) nº 637/2008 del Consejo y el Reglamento (CE) nº 73/2009 del Consejo.
- REGLAMENTO (UE) DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 17 de diciembre de 2013 nº 1308 por el que se crea una organización común de mercados en el sector de los productos agrícolas y se derogan los Reglamentos (CEE) nº 922/72, (CEE) nº 234/79, (CE) nº 1037/2001 y (CE) nº 1234/2007 del Consejo.
- Convención de Viena de las Naciones Unidas del 1988 sobre la Compraventa Internacional de Mercaderías.