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×Mini Flores LEMON POP - Exterior
5.41% CBD
Exterior
Refrescante y Vibrante
Descubre las Mini Flores Lemon Pop CBD, una variedad legal de cáñamo cultivada en exterior con un 5.41% de CBD y niveles de THC por debajo del 0,3%. Sus cogollos compactos ofrecen un perfil aromático fresco, con intensas notas cítricas y un sutil toque dulce. Perfectas para quienes buscan calidad premium en un formato mini.
Características de las Mini Flores Lemon Pop CBD
Presentamos las Mini Flores Lemon Pop CBD, una variedad legal de cáñamo cultivada en exterior que destaca por su 5.41% de CBD y niveles de THC inferiores al 0,3%. Estas mini flores combinan la frescura de un perfil cítrico con la dulzura sutil que las hace irresistibles para los amantes del cáñamo.
Aspecto
Los cogollos presentan un tamaño compacto pero bien formado, con un color verde vibrante salpicado de pistilos anaranjados y una capa de tricomas brillante. Esta apariencia refleja el esmero en su cultivo y la calidad premium del producto.
Aroma
El aroma de la Mini Flores Lemon Pop CBD es refrescante y equilibrado, combinando notas cítricas intensas con matices dulces que aportan un toque único y refrescante a cada inhalación.
Procedencia
Cultivadas en exteriores por productores europeos que utilizan métodos orgánicos, estas mini flores se obtienen sin pesticidas ni aditivos químicos, garantizando un producto puro y respetuoso con el medio ambiente.
Cómo comprar Mini Flores Lemon Pop CBD online en CogolloCBD.es
Realiza tu pedido en CogolloCBD.es y recibe tus Mini Flores Lemon Pop CBD en tan solo 24/48 horas. El envío se efectúa en un envase termosellado y en un paquete discreto, con múltiples opciones de pago (tarjeta, Bizum, transferencia y contrareembolso).
- Envasado: Bolsa termosellada.
- Envío: 24/48 horas.
- Formas de pago: Tarjeta, Bizum, transferencia, contrareembolso.
- Discreción: Paquete discreto.
- Uso: Para uso técnico o de colección, no para consumo humano.
- CBD Total: 5.41% aproximadamente.
- THC: < 0,3%.
Envío y Entrega
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Legislación
Para cumplir con la legislación indicamos que este producto no está indicado para el consumo humano.
Los productos susceptibles de ello se comercializan con los análisis realizados por laboratorios en cada lote de producción de acuerdo con la normativa europea.
Todos los productos comercializados por nosotros cumplen con las leyes europeas sobre el cultivo de cáñamo:
- Los artículos 368, 371, 372 del Código Penal
- Reglamento (UE) 2015/2283 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2015
- La Ley 17/1967, de 8 de abril de 1967, de actualización de la normativa vigente en materia de drogas y su adecuación a la Convención de las Naciones Unidas de 1961.
- Real Decreto 729/1999, de 12 de noviembre de 1999, por el que se actualiza la normativa vigente en materia de drogas y se adapta a la Convención de las Naciones Unidas de 1961.
- La DIRECTIVA – 13/06/2002, n° 53, Directiva del Consejo referente al catálogo común de las variedades de las especies de plantas agrícolas.
- Artículo 168 (Salud Pública), Título XIV, TFUE
- REGLAMENTO (UE) nº 639 de la COMISIÓN de 11 de marzo de 2014 por el que se completa el Reglamento (UE) nº 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen disposiciones aplicables a los pagos directos a los agricultores en el marco de los regímenes de ayuda en el marco de la política agrícola común y se modifica el anexo X de dicho Reglamento.
- REGLAMENTO (UE) DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 17 de diciembre de 2013 por el que se establecen disposiciones aplicables a los pagos directos a los agricultores en el marco de los regímenes de ayuda en el marco de la política agrícola común y se derogan el Reglamento (CE) nº 637/2008 del Consejo y el Reglamento (CE) nº 73/2009 del Consejo.
- REGLAMENTO (UE) DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 17 de diciembre de 2013 nº 1308 por el que se crea una organización común de mercados en el sector de los productos agrícolas y se derogan los Reglamentos (CEE) nº 922/72, (CEE) nº 234/79, (CE) nº 1037/2001 y (CE) nº 1234/2007 del Consejo.
- Convención de Viena de las Naciones Unidas del 1988 sobre la Compraventa Internacional de Mercaderías.