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PIÑA COLADA - MEGA OFERTA !!!
3.40% CBD
Invernadero
Edición limitada
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Piña Colada CBD es una variedad exótica y suave, ideal para quienes buscan flores con bajo contenido de CBD (3,40%) pero con gran personalidad aromática. Notas tropicales a piña madura y coco se mezclan en una experiencia olfativa deliciosa. Una opción diferente y refrescante dentro del mundo del cáñamo legal. 🍍✨
Piña Colada CBD – Aroma Tropical, Suave
Descubre Piña Colada CBD, una variedad legal de cáñamo con un contenido de CBD del 3,40%, perfecta para quienes valoran los perfiles aromáticos frutales y exóticos. Esta cepa combina un efecto relajante suave con una experiencia sensorial única gracias a su inconfundible aroma a cóctel tropical.
Textura y Apariencia
Los cogollos de Piña Colada CBD son compactos y bien definidos, con un color verde lima vibrante y pistilos dorados. Aunque su tamaño es medio, su presencia es destacable tanto por su aspecto como por su aroma dulce y tropical.
Aroma y Perfil Sensorial
Esta variedad destaca por su aroma dulce y afrutado, con claras notas de piña fresca y coco, evocando el sabor de la clásica bebida tropical que le da nombre. Una flor ideal para momentos de desconexión o para quienes disfrutan de variedades suaves y aromáticas.
Origen y Producción
La Piña Colada CBD ha sido cultivada bajo condiciones controladas que respetan los estándares europeos de producción ecológica. Su proceso de cultivo no emplea pesticidas ni aditivos, garantizando un producto natural, seguro y de gran calidad.
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Pide Piña Colada CBD desde la comodidad de tu casa en CogolloCBD.es y recíbela en 24/48 horas. Empaque discreto y termosellado, ideal para quienes valoran la privacidad y la calidad del servicio.
- Envasado: Bolsa termosellada.
- Envío: 24/48 horas.
- Formas de pago: Tarjeta, Bizum, transferencia bancaria, contrareembolso.
- Discreción: Paquete discreto, sin marcas visibles.
- Uso: Para uso técnico o de colección, no apto para consumo humano.
- CBD Total: 3,40% aproximadamente.
- THC: < 0,3%.
Envío y Entrega
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Legislación
Para cumplir con la legislación indicamos que este producto no está indicado para el consumo humano.
Los productos susceptibles de ello se comercializan con los análisis realizados por laboratorios en cada lote de producción de acuerdo con la normativa europea.
Todos los productos comercializados por nosotros cumplen con las leyes europeas sobre el cultivo de cáñamo:
- Los artículos 368, 371, 372 del Código Penal
- Reglamento (UE) 2015/2283 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2015
- La Ley 17/1967, de 8 de abril de 1967, de actualización de la normativa vigente en materia de drogas y su adecuación a la Convención de las Naciones Unidas de 1961.
- Real Decreto 729/1999, de 12 de noviembre de 1999, por el que se actualiza la normativa vigente en materia de drogas y se adapta a la Convención de las Naciones Unidas de 1961.
- La DIRECTIVA – 13/06/2002, n° 53, Directiva del Consejo referente al catálogo común de las variedades de las especies de plantas agrícolas.
- Artículo 168 (Salud Pública), Título XIV, TFUE
- REGLAMENTO (UE) nº 639 de la COMISIÓN de 11 de marzo de 2014 por el que se completa el Reglamento (UE) nº 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen disposiciones aplicables a los pagos directos a los agricultores en el marco de los regímenes de ayuda en el marco de la política agrícola común y se modifica el anexo X de dicho Reglamento.
- REGLAMENTO (UE) DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 17 de diciembre de 2013 por el que se establecen disposiciones aplicables a los pagos directos a los agricultores en el marco de los regímenes de ayuda en el marco de la política agrícola común y se derogan el Reglamento (CE) nº 637/2008 del Consejo y el Reglamento (CE) nº 73/2009 del Consejo.
- REGLAMENTO (UE) DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 17 de diciembre de 2013 nº 1308 por el que se crea una organización común de mercados en el sector de los productos agrícolas y se derogan los Reglamentos (CEE) nº 922/72, (CEE) nº 234/79, (CE) nº 1037/2001 y (CE) nº 1234/2007 del Consejo.
- Convención de Viena de las Naciones Unidas del 1988 sobre la Compraventa Internacional de Mercaderías.



