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×Mini Flores GORILLA - Invernadero
5.19% CBD
Invernadero
Cultivo de invernader, calidad natural. Disfruta de esta genética salvaje en su versión rica en CBD, con 5.19% de CBD. Su perfil aromático combina notas terrosas, dulces y afrutadas, con matices especiados. Cultivadas al aire libre con métodos sostenibles, estas mini flores ofrecen una calidad excelente a un precio inmejorable. ¡Consíguelas en CogolloCBD.es con envío rápido y discreto!
Características de Mini Flores Gorilla CBD – Cultivo de invernadero
Las Mini Flores Gorilla CBD son la elección perfecta para quienes buscan una genética clásica en un formato más asequible y manejable. Cultivadas en invernadero con técnicas sostenibles, estas mini flores ofrecen una estructura compacta y resinosa, con un 5.21% de CBD y menos del 0,3% de THC, cumpliendo con la normativa europea vigente.
Aspecto
Las Mini Flores Gorilla CBD presentan una tonalidad verde profundo, característicos de su genética. Su tamaño más pequeño no compromete su calidad, manteniendo una excelente relación entre resina, estructura y perfil aromático.
Aroma y sabor
El perfil aromático de esta variedad es una combinación perfecta de notas terrosas, dulces y afrutadas, con un sutil toque especiado que realza su carácter. Su fragancia es profunda y envolvente, ideal para los auténticos coleccionistas y amantes del CBD.
Procedencia y cultivo
Las Mini Flores Gorilla CBD han sido cultivadas al aire libre en campos europeos certificados, bajo un proceso totalmente natural y sin pesticidas. Gracias a su exposición a los elementos, esta variedad desarrolla una estructura robusta y equilibrada, garantizando una calidad superior con una huella ecológica mínima.
Compra Mini Flores Gorilla CBD en CogolloCBD.es
Adquiere las auténticas Mini Flores Gorilla CBD en CogolloCBD.es y recíbelas en 24/48 horas con un envío discreto. Nuestras flores se presentan en un envase termosellado para garantizar su frescura y calidad. Además, ofrecemos múltiples formas de pago, incluyendo Bizum, tarjeta y contrareembolso.
- Envasado: Bolsa termosellada para preservar su frescura.
- Envío: 24/48 horas con total discreción.
- Formas de pago: Tarjeta, Bizum, transferencia, contrareembolso.
- Uso: Indicado para uso técnico o de colección, no para consumo humano.
- CBD Total: 5.19% aproximadamente.
- THC: < 0,3%.
Envío y Entrega
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Legislación
Para cumplir con la legislación indicamos que este producto no está indicado para el consumo humano.
Los productos susceptibles de ello se comercializan con los análisis realizados por laboratorios en cada lote de producción de acuerdo con la normativa europea.
Todos los productos comercializados por nosotros cumplen con las leyes europeas sobre el cultivo de cáñamo:
- Los artículos 368, 371, 372 del Código Penal
- Reglamento (UE) 2015/2283 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2015
- La Ley 17/1967, de 8 de abril de 1967, de actualización de la normativa vigente en materia de drogas y su adecuación a la Convención de las Naciones Unidas de 1961.
- Real Decreto 729/1999, de 12 de noviembre de 1999, por el que se actualiza la normativa vigente en materia de drogas y se adapta a la Convención de las Naciones Unidas de 1961.
- La DIRECTIVA – 13/06/2002, n° 53, Directiva del Consejo referente al catálogo común de las variedades de las especies de plantas agrícolas.
- Artículo 168 (Salud Pública), Título XIV, TFUE
- REGLAMENTO (UE) nº 639 de la COMISIÓN de 11 de marzo de 2014 por el que se completa el Reglamento (UE) nº 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen disposiciones aplicables a los pagos directos a los agricultores en el marco de los regímenes de ayuda en el marco de la política agrícola común y se modifica el anexo X de dicho Reglamento.
- REGLAMENTO (UE) DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 17 de diciembre de 2013 por el que se establecen disposiciones aplicables a los pagos directos a los agricultores en el marco de los regímenes de ayuda en el marco de la política agrícola común y se derogan el Reglamento (CE) nº 637/2008 del Consejo y el Reglamento (CE) nº 73/2009 del Consejo.
- REGLAMENTO (UE) DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 17 de diciembre de 2013 nº 1308 por el que se crea una organización común de mercados en el sector de los productos agrícolas y se derogan los Reglamentos (CEE) nº 922/72, (CEE) nº 234/79, (CE) nº 1037/2001 y (CE) nº 1234/2007 del Consejo.
- Convención de Viena de las Naciones Unidas del 1988 sobre la Compraventa Internacional de Mercaderías.